La ayuda se podrá solicitar entre el 14 y el 29 de mayo por aquellos profesionales del audiovisual afectados por la crisis sanitaria, en una linea asistencial apoyada por el ICAA, la Academia de Cine y AC/E

https://filmand.es/wp-content/uploads/2019/12/redaccion.jpg
8 May 2020
Redacción filmAnd
the nest

Netflix, Acción Cultural Española (AC/E), la Academia de Cine y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) han sumado fuerzas para impulsar una línea asistencial, por un importe global de un millón de euros, para los profesionales del audiovisual más impactados por la crisis de la COVID-19 en España.

Las aportaciones económicas están dirigidas a los trabajadores del apartado artístico y/o técnico que estén atravesando una situación económica precaria y no puedan trabajar debido al cese de la producción audiovisual.

La aportación económica a percibir por cada una de las personas beneficiarias, en el marco de la presente convocatoria, será de 1.000 €. La solicitud se realizará a través de esta página y el plazo de presentación estará abierto desde el 14 al 29 de mayo.

Las bases completas se pueden consultar aquí.

Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Podrán solicitar esta aportación económica todas las personas trabajadoras de nacionalidad española o residentes en España, por cuenta ajena o autónomos, que pertenezcan al sector audiovisual prioritariamente de cine/ficción (CNAE 5912, 5915 y 5920) o que puedan acreditar de manera fehaciente su vinculación con el sector audiovisual, y que reúnan los siguientes requisitos:

1.1 Personas que se encuentren en situación de desempleo y que sus ingresos dependan de contratos que se hayan visto paralizados, suspendidos o pospuestos a raíz de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, y que no tengan derecho a prestación por desempleo, o bien que, teniendo derecho a algún tipo de prestación, esta sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2020 (950 €);

1.2 Que, a su vez, no hayan obtenido unas rentas totales superiores a los 20.000€/brutos en el ejercicio 2019.

2. Los trabajadores y trabajadoras han de acreditar un mínimo de cotizaciones durante el último año en el sector audiovisual. Concretamente, con carácter general, es necesario haber trabajado al menos 2 meses durante los 12 meses previos a la declaración del Estado de Alarma. Para el caso de trabajadores y trabajadoras que cotizan en el régimen general en su especialidad de artistas, es necesario haber trabajado al menos 15 días (15 actuaciones o prestaciones de servicios) en los últimos 12 meses previos a la declaración de dicho Estado de Alarma.

El incumplimiento de los requisitos anteriores (1, 1.1, 1.2 y 2) se considerará criterio excluyente para la participación en la convocatoria.

3. Dentro de los trabajadores y trabajadoras anteriormente mencionados, se primarán circunstancias especiales como los casos de estado de salud o médica susceptible de baja laboral de larga duración: entre seis meses y un año, prorrogable hasta dos.

4. Asimismo, se primarán también las solicitudes que acrediten tener hijos a cargo o en régimen de adopción/ acogimiento familiar, así como personas dependientes a cargo. Se priorizarán las familias monoparentales y los trabajadores con niños a su cargo menores de 12 años.

5. Por último, se tendrá en cuenta si las personas beneficiarias se encuentran en situación de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera, priorizando aquellas que no disponen de otros ingresos dentro de la unidad familiar.

El incumplimiento de los requisitos 3, 4 y 5 anteriores no se considerará criterio excluyente para la participación en la convocatoria, si bien se priorizarán estas circunstancias a la hora de evaluar las solicitudes.

Para una mejor apreciación de las circunstancias anteriormente establecidas, podrá requerirse a los solicitantes otro tipo de información que pudiera considerarse relevante.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.